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Sencillo ¿Verdad?
¡Ahora ya estarás informado de todas las novedades de tu Colegio!
HORARIO DE VERANO
Te informamos, que el horario de verano de la Secretaría del Colegio será:
Del 1 de Julio al 6 de Septiembre: Mañanas de 8 a 15 horas
PROGRAMA DE FORMACIÓN CURSO 2019-2020
Os comunicamos el programa de formación aprobado por nuestro Colegio para el periodo académico 2019-2020.
Deseamos sea de vuestro interés.
A lo largo del año es probable que pueda surgir alguna otra actividad que se incorpore a este programa sobre la marcha.
Por supuesto, quedamos abiertos a cualquier sugerencia que estiméis oportuna.
RENOVACIÓN DEL CONVENIO CON EL BANCO SABADELL
Te informamos que el pasado día 21 de junio fue renovado el convenio de colaboración que actualmente existe entre el Colegio y Banco Sabadell.
Te adjuntamos enlace en el que podrás informarte del contenido del mismo con condiciones especiales para colegiados.
Deseamos sea de tu interés
Foro Economistas on line
Como miembro del Colegio de Economistas de Albacete tienes acceso a los temas que se están comentando ahora mismo en el Foro Economistas Online , herramienta de intercambio de opiniones y consultas técnicas dirigida a nuestro colectivo y en el que ya estamos participando más de 5200 economistas y titulados. mercantiles de toda España. El acceso es exclusivo y gratuito para colegiados.
El Foro Economistas del CDD es un espacio de debate para que los profesionales de ámbito económico intercambien experiencias de tipo técnico y compartan información relevante con el fin de mejorar las soluciones ofrecidas a sus clientes oa las empresas en las que desarrollan su actividad.
El registro en el foro es gratuito.
05/09/2019: Actualización contable: Reforma del PGC (NIIF 9 y NIIF 15) y Operaciones societarias. Situación de la NIIF 16 arrendamientos.
Con este curso se pretende realizar un análisis exhaustivo de todas las operaciones reguladas en la Resolución del ICAC por el que se aprueban los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital, y además poner de manifiesto las novedades que se producirán con la Reforma del PGC mediante las modificaciones de la Norma de Registro y Valoración 9ª Instrumentos financieros (aspectos más importantes del cambio) y la 14ª Reconocimiento de ingresos. También se hará hincapié en las posibles repercusiones fiscales del cambio.
Se indicarán los criterios principales contemplados en la NIIF 16 Arrendamientos.
20/09/2019: Formación en Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del terrorismo
La Prevención del Blanqueo del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (en lo sucesivo, PBC y FT) está adquiriendo cada vez más relevancia para las empresas que realizan actividades que hacen que se encuentren sujetas al cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación.
Estas empresas (sujetos obligados) asumen grandes riesgos en caso de incumplimiento de sus obligaciones, pues se exponen a sanciones de cuantías muy elevadas y, en casos extremos, incluso a la retirada de licencias administrativas para operar. En este contexto, el auditor de cuentas ha de conocer tanto las obligaciones de los sujetos obligados como las consecuencias de su incumplimiento, con objeto de valorar adecuadamente los riesgos de auditoría relacionados con los potenciales incumplimientos.
Por otro lado, la actividad de auditoría de cuentas se encuentra incluida entre las que obligan al cumplimiento de la legislación de PBC y FT, por lo que los auditores son sujetos obligados y deben cumplir con los requisitos exigidos por la normativa.
PRÓXIMA FORMACIÓN PARA AUDITORES DE CUENTAS
Estimado auditor: Según la normativa en vigor, te recordamos que cada año es OBLIGATORIO cursar 30 horas de formación, de las cuales 20 deberán realizarse en materias relativas a contabilidad y auditoria de cuentas. Para cumplir este fin, desde el Colegio organizamos cada año cursos en dichas materias.
Ya puedes matricularte en los cursos de formación previstos el septiembre de 2019
APROBADO EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS
Te informamos de que, en el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, en el que participamos nueve Asociaciones y Colegios y la AEAT, se han aprobado el Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios y el Código de Buenas Prácticas de Profesionales (de adhesión voluntaria por cada profesional). De todas formas, para la aplicación práctica de estos códigos falta la ratificación por los correspondientes órganos de gobierno de las Asociaciones y Colegios que lo han aprobado y la decisión final de los órganos de las entidades que no votaron a favor.
Estos textos también están pendientes de desarrollo en determinados aspectos, como en lo referente a los procedimientos de adhesión o los que se apliquen para tratar los incumplimientos, así como en la forma concreta de identificar a los profesionales adheridos.
Dichos códigos hay que enmarcarlos en la relación cooperativa inspirada desde la OCDE para que las relaciones entre las Administraciones tributarias y los contribuyentes sean más fluidas y transparentes.
Concretando un poco más, aparte de formalizar las relaciones que las Asociaciones y Colegios veníamos teniendo con la AEAT desde hace tiempo y de intensificar la colaboración en algunos aspectos, el Código de Profesionales prevé que la AEAT y los asesores fiscales que decidan adherirse al mismo adquieran una serie de compromisos y ventajas: explicitación de criterios tributarios por la AEAT, singularizar la atención a los asesores mejorando las utilidades de la cita previa o, en los procedimientos de comprobación, que los actuarios faciliten cuanto antes los hechos susceptibles de regularización; por su parte, los asesores se comprometen a acatar el código deontológico de su Colegio, a instar a sus clientes a no realizar conductas ilegales o a no utilizar estructuras opacas y a comunicar a su Asociación o Colegio conductas fraudulentas generalizadas en un sector que puedan afectar al normal funcionamiento del sistema tributario o a la competencia en el mercado.
SERVICIO LEXNET PARA ECONOMISTAS
Nos alegra comentaros que, tras mucho esfuerzo y trabajo por parte de este Consejo General y su órgano especializado REFOR, por fin se va a poner en marcha LexNET para Economistas y Titulados Mercantiles.
1. El calendario orientativo de implantación de LexNET, sujeto a posibles cambios, que nos ha proporcionado el Ministerio de Justicia es el siguiente:
- 30 septiembre: LexNET aplicable para todos los Economistas/Titulados Mercantiles que puedan actuar en el Juzgado Mercantil de Toledo
- 14 octubre: LexNET aplicable para todos los Economistas/Titulados Mercantiles que puedan actuar en el Juzgado de lo Social de Toledo
- 28 octubre: LexNET aplicable para todos los Economistas/Titulados Mercantiles que puedan actuar en la provincia en los Juzgados de Toledo
- 11 noviembre: LexNET aplicable para todos los Economistas/Titulados Mercantiles que puedan actuar en todos los Juzgados del territorio LexNET del Ministerio Justicia*
* LexNET es aplicable en todo el territorio nacional, excepto en las siguientes CCAA que tienen su propio sistema electrónico: Cataluña, País Vasco, Cantabria, Navarra y Aragón. (Mapa territorio LexNET y otros sistemas: https://lexnetjusticia.gob.es/web/guest/mapacomunicaciones). Estas CCAA tienen su propio sistema y habrá que atenerse a lo que estas acuerden. No obstante, existe un organismo dentro del Mº de Justicia que trata de coordinar todo el sistema electrónico a nivel nacional. Se espera que se produzca una coordinación e integración electrónica entre las diferentes plataformas.
2. Por otra parte, les comentamos que, desde el REFOR se va a organizar UN CURSO DE FORMACIÓN DE LexNET GRATUITO – tanto presencial como en streaming– PARA ECONOMISTAS/TITULADOS MERCANTILES A FINALES DE SEPTIEMBRE EN LA SEDE DEL CGE (en horario de mañana), del que ya les remitiremos más detalles. El curso será impartido por un técnico especializado en LexNET del Mº de Justicia.
3. A continuación les facilitamos el acceso a la web de LexNET del Ministerio Justicia para que, aquellos que no lo conozcan, se vayan familiarizando con este sistema de comunicación electrónica: https://lexnetjusticia.gob.es/
4. Les recordamos que para usar LexNET es necesario:
- Certificado digital (el más usado y gratuito es de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el DNI 3.0).
- Este certificado tiene que estar en una tarjeta criptográfica (es el mismo que se usa en el navegador del ordenador, pero es imprescindible que esté en una tarjeta externa al ordenador).
- Un lector de tarjetas. Hay que adquirir uno, si no lo tiene ya.
- Instalarse el programa LexNET escritorio (a partir del 30 de septiembre de 2019). Se enviarán las instrucciones oportunamente.