Acceso a Colegiación y precolegiación
Obligatoriedad
La denominación profesional de "ECONOMISTA" está legalmente reservada para quienes, ostentando la titulación correspondiente, se hallen incorporados a un Colegio de Economistas.
Esta reserva legal viene establecida por el Decreto de la Presidencia número 871, de 26 de abril de 1977, que regula el Estatuto Profesional de Economistas y Profesores y Peritos Mercantiles.
Requisitos
Para colegiarse es necesario estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones universitarias:
- Título académico de Doctor o Licenciado en:
- Ciencias Políticas y Económicas (Sección de Económicas),
- Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales, (Sección de Económicas y Comerciales),
- Ciencias Económicas y Empresariales,
- Intendente Mercantil o de Actuario,
- Economía,
- Administración y Dirección de Empresas,
- Ciencias Actuariales y Financieras,
- Investigación y Técnicas de Mercado.
- Otro título superior, del Estado Español o de otros Estados miembros de las Comunidades Europeas, que sea legalmente configurado o reconocido por las disposiciones vigentes en el ámbito de la economía o de la gestión de empresas, o para el ejercicio de las funciones propias de la profesión de Economista a que se refiere el Real Decreto 871/1.977, de 28 de abril que desarrolla el Estatuto profesional de Economistas y Profesores y Peritos Mercantiles y demás normas que lo complementen, modifiquen o sustituyan.
- Título académico de:
- Profesor Mercantil,
- Perito mercantil,
- Diplomado en Ciencias Empresariales,
- Otro título medio, del Estado Español o de otros Estados miembros de las Comunidades Europeas, que sea legalmente configurado o reconocido por las disposiciones vigentes en el ámbito de la economía o de la gestión de empresas, o para el ejercicio de las funciones propias de los Profesores Mercantiles y Peritos Mercantiles a que se refiere el Real Decreto 871/1.977, de 28 de abril que desarrolla el Estatuto profesional de Economistas y Profesores y Peritos Mercantiles y demás normas que lo complementen, modifiquen o sustituyan.
- Título académico de Grado en cualquiera de las materias pertenecientes al ámbito de la economía o de la gestión de empresas, cualquiera que sea su denominación específica.
- También podrán incorporarse a quienes se les haya homologado un título extranjero o posean un título reconocido para el ejercicio de la profesión.
Para Precolegiados:
• Estar matriculado en el último curso de Carrera.
Solicitud de Colegiación o Precolegiación
Si estás interesado en darte de alta como colegiado, puedes ponerte en contacto con nuestro Colegio o acceder al siguiente enlace.
Alta como colegiado
Homologaciones
Para obtener del Ministerio de Educación y Cultura la homologación de un título extranjero por alguno de los mencionados anteriormente, es necesario dirigirse a:
Ministerio de Educación y Ciencia
Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones
Paseo del Prado, 28 - 28014 Madrid
Teléfono de información: 902 218 500
Más información, pulsando aquí.
Subdelegación del Gobierno: Oficina de Información y atención al ciudadano y Registro de documentos
Avda. de España, 7
02001 - ALBACETE
Teléfono: 967 769 118
Fax: 967 769 159