Os hacemos llegar la circular que nos proporciona la empresa Audidat, dentro del marco de colaboración que existe con nuestro Colegio, mediante la que nos informa de la obligatoriedad de realizar una "Evaluación de impacto en la protección de datos" recogida en el art.32 (bis) del RDL 7/2021 de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia y prevención del blanqueo de capitales.
Se trata de realizar una evaluación de manera anticipada de cuáles son los potenciales riesgos a los que están expuestos los datos que manejáis, en función de las actividades y los protocolos de tratamiento que se llevan a cabo con los mismos. Dicha evaluación deberá ir acompañada de una serie de medidas que garanticen la seguridad de dichos datos.
Según nos informan, deben cumplir esta evaluación los sujetos obligados en materia de prevención de blanqueo de capitales, entre otros:
-Promotores inmobiliarios y agentes de compraventa de bienes inmuebles.
-Auditores, contables externos y asesores fiscales.
-Notarios, registradores de la propiedad, abogados y procuradores (en transacciones específicas).
-Profesionales dedicados a la constitución y gestión de sociedades o fideicomisos.
-Intermediarios en préstamos, casinos de juego, joyeros y comerciantes de obras de arte.
-Fundaciones y asociaciones, entre otros
Os dejamos los datos de contacto por si queréis que os asesoren y ampliar información sobre este procedimiento.
Mamen Moreno. Especialista en cumplimiento normativo
655.958079