Seguro de Responsabilidad Civil que cubre la profesión de Economista definida en el Real Decreto 871/1977 de 26 de Abril por el que se aprueba el Estatuto Profesional de Economistas, Profesores y Peritos Mercantiles que señala dentro de sus competencias y atribuciones, entre otras, la consultoría, el asesoramiento fiscal, y el asesoramiento laboral.
Esta opción de aseguramiento extiende su cobertura a las reclamaciones formuladas contra la firma o despacho profesional de economistas en la que trabaje el asegurado, en función de la modalidad de seguro contratada por el asegurado, siempre que el error o falta profesional que de origen a la reclamación sea consecuencia de una acción u omisión negligente cometida por un economista asegurado, Se exceptúan de esta cobertura las reclamaciones impuestas a despachos profesionales o sociedades con más de 10 economistas entre socios y empleados.